La medida se basa en que el 31 de diciembre de 2023 finalizan los efectos del Decreto 911/2021 por el cual estaba suspendida la exportaci&oacute;n de esos cortes bovinos. Por lo tanto, tambi&eacute;n dejar&aacute; de tener efecto la diferenciaci&oacute;n para la exportaci&oacute;n de vacas de las categor&iacute;as D y E y de toros, sobre los que hasta ahora no se aplican esas suspensiones. <p style="text-align: center;"> En virtud de la caducidad de la norma, el Senasa actualiz&oacute; los procedimientos a la nueva situaci&oacute;n y adecu&oacute; a las nuevas condiciones los servicios de inspecci&oacute;n veterinaria y los sistemas inform&aacute;ticos, particularmente el de certificaci&oacute;n de exportaciones, que entrar&aacute;n en vigencia a partir del primer d&iacute;a del pr&oacute;ximo a&ntilde;o. De ese modo, desde el 1&deg; de enero de 2024 se podr&aacute;n exportar los siguientes cortes bovinos frescos, enfriados o congelados: reses enteras, medias reses, cuarto delantero con hueso, cuarto trasero con hueso, medias reses incompletas con hueso y cuartos delanteros incompletos con hueso. Tambi&eacute;n se podr&aacute;n enviar al exterior los siguientes cortes preferidos (frescos, enfriados o congelados): asado con o sin hueso; falda; matambre; tapa de asado, nalga; paleta y vac&iacute;o.