Con el fin de mejorar los registros de productos veterinarios y resguardar la salud animal en la producci&oacute;n ganadera, el&nbsp;Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA)&nbsp;actualiz&oacute; los&nbsp;procedimientos para la evaluaci&oacute;n y control de medicamentos&nbsp;que act&uacute;an&nbsp;contra la sarna bovina. <p style="text-align: center;"> A trav&eacute;s de la&nbsp;Resoluci&oacute;n 865/2025, publicada hoy en el Bolet&iacute;n Oficial, el SENASA estableci&oacute; los&nbsp;procesos y requisitos para la realizaci&oacute;n de pruebas oficiales de seguridad cl&iacute;nica y de eficacia de antis&aacute;rnicos bovinos, los cuales&nbsp;deber&aacute;n ser evaluados por una Comisi&oacute;n T&eacute;cnica&nbsp;especializada. De acuerdo a la nueva normativa, la intervenci&oacute;n de la Comisi&oacute;n garantizar&aacute; la validez cient&iacute;fica de los estudios implementados, asegurando que se cumplan los est&aacute;ndares necesarios&nbsp;para una correcta evaluaci&oacute;n de la eficacia y seguridad de los productos con acci&oacute;n sarnicida que se deseen inscribir. Para el desarrollo de estas pruebas, se indic&oacute; que las mismas&nbsp;se podr&aacute;n llevar a cabo en las instalaciones de su campo experimental o en aquellos predios que el organismo sanitario autorice oficialmente. Asimismo, los ensayos reglamentados deber&aacute;n efectuarse&nbsp;entre el 1 de marzo y el 31 de octubre de cada a&ntilde;o, en establecimientos previamente verificados por la Comisi&oacute;n T&eacute;cnica, que determinar&aacute; si las instalaciones &mdash;en especial los ba&ntilde;aderos de inmersi&oacute;n o aspersi&oacute;n&mdash; re&uacute;nen las condiciones &oacute;ptimas para su ejecuci&oacute;n. Adem&aacute;s, la nueva resoluci&oacute;n indica que la Comisi&oacute;n, como responsable de la ejecuci&oacute;n de la prueba, deber&aacute; realizar las&nbsp;inspecciones sobre los animales para verificar la acci&oacute;n del producto veterinario, pudiendo ampliar la frecuencia de observaciones. Cabe destacar que para su aprobaci&oacute;n oficial,&nbsp;los antis&aacute;rnicos bovinos sometidos a control deber&aacute;n alcanzar el 100% de eficacia. Una vez aprobado, el certificado de uso y comercializaci&oacute;n del producto tendr&aacute; una&nbsp;validez de 10 a&ntilde;os. La medida impulsada por el SENASA busca fortalecer la efectividad de los tratamientos veterinarios antis&aacute;rnicos, con el objetivo de reducir la prevalencia de esta enfermedad parasitaria y mejorar la sanidad de los rodeos.